Deudas con Hacienda y la Seguridad Social

Desde julio de 2019, las deudas con la Administración Pública se podrán exonerar hasta un 70%. Anteriormente, estas deudas quedaban exentas y no se aplicaban bajo la Ley de Segunda Oportunidad. El Tribunal Supremo sentenció que los créditos públicos debían considerarse.

La deuda que reste y no pueda exonerarse, se podrá fraccionar en un plazo de devolución de hasta 5 años.